A tenor de la aprobación de La Ley No. 156 del 22 de julio de 2022, Código de “Las Familias” y el próximo referéndum al que se ha convocado a nuestro pueblo, una comunicadora muy cercana me invitó a buscar su arista económica, y aunque no es mi especialidad, el reto se convirtió en atrevimiento, no se hizo esperar y cumplo con ella.

El propio hecho de que el nuevo Código reconoce distintas formas de organización de las familias, los preceptos que la integran las nutren de valores, principios y garantías sobre la base del amor, el afecto, la consideración, la solidaridad, la fraternidad, la coparticipación, la cooperación, la protección, el respeto mutuo y la responsabilidad de cumplir los deberes y derechos que se regulan.

El Estado, al reconocer en las familias la célula fundamental de la sociedad, asume la responsabilidad de crear las condiciones que garanticen su funcionalidad.

Es en el Presupuesto del Estado, donde se expresan los gastos que se ocasionarán en la protección y asistencia a las personas que estén temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo interés superior exija que permanezcan en un centro de acogimiento institucional, a los declarados en estado de necesidad por carecer de recursos económicos o estar impedidos de obtener los alimentos por sí mismos, más otros comportamientos que se reconocen y amparan en el Código.

¿Tendemos a analizar, o al menos informarnos, del gasto que por concepto de servicios públicos anualmente se aprueba en la Ley del Presupuesto Estatal?

¿Cuánto se destina a la salud pública para lograr una maternidad saludable?

¿Cómo se distribuye la asistencia social para prevenir y atender a los que están situación de vulnerabilidad, discapacidad, o para enfrentar el envejecimiento poblacional y el empoderamiento de la mujer?

¿Cómo se sostendrá el servicio judicial ante los conflictos de gestación solidaria, filiación, relaciones parentales, régimen económico matrimonial, tutela ante la discriminación y la violencia, los incumplimientos de la obligación de dar o no dar alimentos, la guarda y cuidado a favor de los abuelos, entre otros litigios que con motivo de la implementación de la Ley de Las Familias se presentarán ante los tribunales de justicia?

Cierto es, que las familias  mediante  los  impuestos, gastos y contribuciones aportan al presupuesto estatal, pero no todos abonan como corresponde, deben o pueden; lo que redunda en que a pesar de la compleja situación económica y social que vivimos, el Estado se ve compelido en realizar ajustes razonables que garanticen el sostenimiento de las políticas públicas dirigidas a la mejora educacional, cultural, económica y social de las disímiles familias cubanas, creadoras de las futuras generaciones que en su día se verán reflejadas y buscarán amparo en el innovador Código.

Es una responsabilidad compartida con sentido de justicia, “por todos y para el bien de todos”. Nos asisten razones para votar por el SÍ.

Gracias Diana, por el reto.

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