La publicación de la Ley 162 de Comunicación Social, el pasado 5 de junio en la edición 48 de la Gaceta Oficial, constituye necesidad y demanda satisfechas también para los profesionales que se desempeñan en los diferentes campos de las ciencias económicas, pues el buen funcionamiento de la economía depende de la comunicación.

Tenemos en ella y sus reglamentos un excelente material de consulta que define y regula modos de actuación, pero también funciones, derechos, deberes y responsabilidades de las personas, estructuras organizativas, políticas públicas, regulaciones, autorregulaciones, que componen el Sistema de Comunicación Social en los diferentes ámbitos con fines políticos, de bien público, organizacionales y comerciales en los espacios públicos ya sean físicos o digitales.

La ley, que entrará en vigor 120 días posteriores a su publicación, también es una herramienta de trabajo para los economistas, y debemos conocerla para poder servirnos de ella, no sólo porque la comunicación sistematiza los flujos de información, o porque el éxito de la gestión económica en una organización cualquiera depende, además, de las relaciones entre todas las personas que componen su capital humano, las áreas, departamentos, direcciones o establecimientos; sino porque con el acelerado desarrollo de las técnicas de información, también surgen nuevas formas de comunicación.

La actividad económica precisa ser explicada, tener presencia en la empresa, pero también en los medios; y no sólo para dar a conocer cumplimientos de planes que nadie entiende, o los porcentajes de ganancia y pérdida, la organización requiere dar a conocer las características de los bienes y servicios que produce, y todo ello de manera integral.

Al gestionar la comunicación de forma estratégica, se garantiza que se comprenda, por ejemplo, la importancia de consultar a contabilidad antes de firmar un contrato con un cliente o proveedor; o a recursos humanos determinar si es posible, con los ingresos actuales, aumentar la cantidad de trabajadores. Ante una crisis de cualquier tipo, economía y comunicación deben realizar análisis de manera conjunta, valorando tanto las posibles pérdidas como a los implicados en el manejo de la misma, para lograr minimizar riesgos y consecuencias.

La relación con los públicos de la organización (colaboradores, clientes, proveedores, órganos y organismos superiores, de control, etc.), es también un proceso que debe ser gestionado en función del cuidado la imagen, la identidad, el clima, la cultura organizacional, el posicionamiento de la marca, los productos, los servicios y la gestión integrada de la mercadotecnia; de forma integral y articulada, siempre en función del cumplimiento de los objetivos de trabajo.

Todo lo anterior se resume en el Artículo 19.1. “La comunicación social en las organizaciones posibilita la coordinación y materialización de relaciones entre sus públicos internos y externos, permite afianzar la identidad y la cultura organizacional, así como el consenso de los miembros en torno a sus valores, normas, objetivos estratégicos, planes y proyectos”.

La comunicación social se define en el Artículo 3 del Capítulo I, como “el proceso sociocultural que constituye la base de las relaciones humanas, sustentado en el intercambio y la interpretación de datos, información, conocimientos, ideas, opiniones, mensajes y significados entre personas, de estas con grupos y organizaciones, entre organizaciones y al interior de ellas, y entre estas y la sociedad; contribuye a la interacción social, la producción de sentidos, la conformación de la identidad individual y colectiva, el diálogo, el debate, el consenso, la participación y el control popular”.

Cabe señalar que entre sus principales propósitos está promover prácticas comunicativas que posibiliten transparencia en la información, la rendición de cuenta de los servidores públicos y otras formas de participación democrática con énfasis en los mecanismos de control popular, de conformidad con la legislación vigente; coadyuvar al cumplimiento de la legalidad, el fortalecimiento de la cultura jurídica y la institucionalidad, la defensa del patrimonio público, la protección del medio ambiente y el fomento de la disciplina social; contribuir a la prevención, el enfrentamiento oportuno y la mitigación de situaciones de crisis; aspectos todos en los que se involucra la economía.

Queda establecido en la ley de referencia, que los máximos directivos de los órganos, organismos y entidades del Estado, las organizaciones de masas y sociales, y las organizaciones mediáticas, así como el resto de los actores económicos y sociales, con independencia de sus formas de gestión económica (mipymes, cooperativas, negocios familiares, etc.), son los responsables de los procesos de comunicación social en sus respectivas esferas de competencia, y deberán:

  1. Garantizar la aprobación en el órgano de dirección correspondiente del Manual de Gestión de la Comunicación, la Estrategia de Comunicación y el Manual de Identidad Visual, así como la evaluación y control de su cumplimiento;
  2. asesorarse con los especialistas encargados de la gestión de los procesos comunicacionales; y
  3. contribuir al desarrollo de las relaciones públicas, la publicidad y otras formas de promoción de la mercadotecnia, las investigaciones para la comunicación y el mercado, el diseño, la realización audiovisual y otras especialidades y disciplinas propias de la comunicación social.

Continuará…

 

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